Con un presupuesto indicativo de $25,6 billones y un plan de acción a 10 años entre el 2025 y el 2034, la Política Nacional de Cuidado busca transformar la organización social del cuidado en Colombia para garantizar el goce efectivo de los derechos de 9,5 millones de personas cuidadoras, incluyendo el derecho a cuidar en condiciones dignas y el derecho a recibir cuidado, asistencia o apoyo de quienes lo requieren, especialmente personas mayores, con discapacidad y primera infancia.
Esta política también busca reconocer y fortalecer las formas colectivas y comunitarias de cuidado y las prácticas de cuidado propias de pueblos étnicos y comunidades campesinas, como pilar del sostenimiento de la vida humana y no humana e interdependiente en todas sus expresiones.
El Conpes 4143 aprobado en febrero del 2025 establece esta política para posicionar el cuidado como un derecho fundamental, desde su función social, de interés general y de utilidad pública; se pretende contribuir así al desarrollo de una sociedad cuidadora como nuevo paradigma ético-político, en el que el cuidado de la vida sea la base de su construcción.
Javier Plazas, viceministro para las Poblaciones y Territorios Excluidos y la Superación de la Pobreza, afirma que con la aprobación del Conpes 4143 “se le está cumpliendo a quienes cuidan el 35% del país: cuidadores/as de personas con discapacidad, de personas mayores, de niños, trabajadoras domésticas, madres comunitarias, madres sustitutas, enfermeras, cuidadoras del ambiente y el territorio”.
Antecedentes y justificación de la Política Nacional de Cuidado
Aunque Colombia cuenta con una década de avances en la expedición de normativa y en la formulación e implementación de políticas públicas relacionadas con el cuidado en los ámbitos nacional y territorial, la actual organización social del cuidado en el país es inequitativa porque concentra las actividades de cuidado en las mujeres e invisibiliza el cuidado colectivo y comunitario, así como las prácticas de cuidado de pueblos étnicos y comunidades campesinas.
Este problema tiene varias causas: (1) bajo reconocimiento y protección de las prácticas de cuidado comunitario, colectivo y aquellas propias de comunidades campesinas y pueblos étnicos; (2) débil reconocimiento y goce efectivo de los derechos de las personas cuidadoras; (3) prevalencia de factores culturales que mantienen la desigualdad en la organización social del cuidado; (4) limitada capacidad estatal para satisfacer de manera oportuna y pertinente las demandas de cuidado, asistencia o apoyo de la población que lo requiere y de personas cuidadoras para asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Cuidado.
Por estas razones se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” la política pública del Sistema Nacional del Cuidado, creado mediante la Ley 2281 del 2023 y que implica retos institucionales para establecer medidas articuladas sectorialmente que garanticen los derechos de las personas cuidadoras.
Plan de Acción y Seguimiento (PAS)
Para la implementación de la política en un horizonte temporal al 2034, se propone un plan de acción que plantea cuatro ejes estratégicos para (1) reconocer y proteger las prácticas de cuidado comunitario, colectivo y propias de las comunidades campesinas y los pueblos étnicos; (2) contribuir al reconocimiento y la garantía de los derechos de las personas cuidadoras para mejorar su calidad de vida y las condiciones en que proveen cuidados; (3) transformar factores culturales que mantienen la organización social desigual del cuidado, y (4) aumentar la capacidad estatal para satisfacer de manera oportuna y pertinente las demandas de cuidado de la población que lo requiere y para asegurar el funcionamiento adecuado del Sistema Nacional de Cuidado.
El plan de acción cuenta con 133 acciones que serán implementadas por 35 entidades del orden nacional, incluyendo 15 ministerios y otras entidades del Gobierno nacional como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), la Unidad para las Víctimas, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, Prosperidad Social y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), entre otras.
Para el seguimiento y la evaluación se creará un Sistema de Información del Cuidado que monitoree la oferta y la demanda de servicios, y se definirán indicadores como el número de personas cuidadoras certificadas, la reducción del trabajo de cuidado no remunerado y la mejora en la cobertura de servicios.
El seguimiento a la ejecución física y financiera de las acciones propuestas para el cumplimiento de la política se realizará mediante el Plan de Acción y Seguimiento (PAS), que indica las entidades responsables de la ejecución de cada acción que conforma el plan, los periodos de implementación, los recursos necesarios para ejecutarlas y la importancia de cada una para el cumplimiento del objetivo general de la política. El seguimiento se realizará de manera semestral entre junio del 2025 y diciembre del 2034.
Población que requiere cuidado, apoyo o asistencia en Colombia
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